PODER JUDICIAL EVALÚA REALIZACIÓN DE AUDIENCIAS VIRTUALES EN PROCESOS NO PENALES DESPUÉS DE EMERGENCIA

PODER JUDICIAL EVALÚA REALIZACIÓN DE AUDIENCIAS VIRTUALES EN PROCESOS NO PENALES DESPUÉS DE EMERGENCIA

  • Órgano de gobierno también insta a órganos jurisdiccionales de emergencia garantizar derecho de defensa de los justiciables

El Consejo Ejecutivo del Poder Judicial (CEPJ), que preside el juez supremo José Luis Lecaros, acordó, en sesión virtual, disponer un estudio sobre la posibilidad de realizar audiencias virtuales en las materias no penales en todo el país, una vez que concluya el Estado de Emergencia Nacional. 

Esta labor fue encargada a la Gerencia General y la Gerencia de Informática del Poder Judicial, las cuales además deberán presentar un informe acerca de su factibilidad.

La disposición señala que el estudio deberá tomar como referencia la experiencia de las cortes superiores de Arequipa, Lima y otras.

PARA CERTIFICADOS DIGITALES 

El órgano de gobierno dispuso, asimismo, que ambas gerencias emitan un informe si es factible técnicamente que el Poder Judicial tenga la calidad de Entidad de Registro o Verificación para el Estado peruano, a que se refiere la Ley de Firmas y Certificados Digitales, en tanto culmina su procedimiento de acreditación ante el Indecopi.

Esto con el fin de facilitar a las personas naturales o jurídicas que intervengan en los procesos judiciales, los certificados digitales necesarios para que lleven a cabo los trámites de manera digital.

De ser factible esta iniciativa, el CEPJ dispuso que la Gerencia de Informática programe las herramientas tecnológicas para que el Poder Judicial certifique las firmas electrónicas de jueces, abogados, sujetos procesales y toda persona que interviene en un proceso judicial en cualquiera de sus etapas.   

También dispuso que los jueces de los órganos jurisdiccionales del país resuelvan al término del Estado de Emergencia Nacional, los procesos judiciales programados en dicho periodo que no tengan pedido de informe oral y que tampoco requieran programación. 

Finalmente, instó a los órganos jurisdiccionales designados en el periodo del Estado de Emergencia Nacional garantizar el derecho de defensa de las partes procesales.   

Lima, 03 de abril de 2020

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