SALA CIVIL TRANSITORIA DE CORTE SUPREMA CALIFICA RECURSOS DE CASACIÓN EN SESIÓN VIRTUAL

SALA CIVIL TRANSITORIA DE CORTE SUPREMA CALIFICA RECURSOS DE CASACIÓN EN SESIÓN VIRTUAL

  • Tribunal continuará con labor jurisdiccional en línea el martes 07 de abril

La Sala Civil Transitoria de la Corte Suprema, que preside el juez supremo Ángel Romero Díaz, desarrolló una sesión virtual para calificar varios recursos de casación y otros que no pudo realizar, desde el 16 de marzo, debido a la declaratoria del Estado de Emergencia Nacional. 

Los magistrados de este tribunal pudieron conectarse en simultáneo desde su domicilio, entre las once de la mañana y una de la tarde, a través de la plataforma Google Hangouts Meet, para efectuar esa labor jurisdiccional.  

Además de la calificación de recursos de casación, el colegiado supremo también evaluó recursos de apelación interpuestos en procesos contencioso-administrativos, en los cuales actúa como órgano de segunda instancia.

En esta sesión virtual, la referida sala suprema calificó los recursos programados para la semana del 16 al 20 de marzo, pero que no fueron realizadas por la emergencia. 

Previamente, la relatoría del tribunal, a cargo del abogado Luis Solórzano, identificó los expedientes programados y facilitó a cada uno de los jueces las respectivas piezas procesales para su análisis y valoración.  

Además de Romero Díaz, esta sala la conforman los magistrados supremos Carmen Cabello Matamala, Dora Ampudia Herrera, Luis Lévano Vergara y Augusto Ruidías Farfán. 

La Sala Civil Transitoria continuará con el desarrollo de sus labores jurisdiccionales durante la emergencia nacional en la siguiente sesión virtual prevista para el martes 07 de abril a las once de la mañana.

Este tribunal tiene competencia en las materias de desalojo, reivindicación, divorcio, tenencia de menor, interdicto, mejor derecho de propiedad, interdicción, entre otras.

    

Las sesiones virtuales son desarrolladas en cumplimiento de la Resolución Administrativa N.° 051-2020-P-CE-PJ, que autoriza a las salas supremas a realizar determinadas labores jurisdiccionales para garantizar al máximo el servicio de justicia durante el Estado de Emergencia Nacional. 

En virtud de esta disposición, con el uso de medios tecnológicos, pueden calificar recursos de casación, vistas de causa en que las partes procesales no solicitaron el uso de la palabra de manera oportuna y resolver los procesos cuya naturaleza lo permita.  

 Lima, 04 de abril del 2020

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