- Medida evitaría eventualidad de indefensión en procesos judiciales, refiere jurista Óscar Urviola Hani
Para garantizar el derecho de defensa consagrado en la Constitución que protege a todo ciudadano y evitar su indefensión ante un eventual proceso judicial, los egresados de la carrera de Derecho podrían brindar servicios ad honoren en favor de procesados sin defensa legal.
Así lo recomendó el jurista Óscar Marco Urviola Hani al ser consultado sobre “El derecho de defensa en un estado constitucional”, en el programa “Lo que usted debe saber sobre el nuevo proceso penal en el Perú”, que conduce el juez supremo Jorge Luis Salas Arenas.
El especialista señaló que el derecho de defensa, vinculado al debido proceso y la tutela jurisdiccional efectiva (que permite al imputado comparecer y contradecir imputación alguna y ser asistido por defensa técnica o pública) sería así fortalecido con la iniciativa propuesta, la cual es aplicada en otras latitudes.
Urviola Hani recordó que existen ciertas disposiciones para que los profesionales de ciertos colegios de abogados del país realicen defensa legal voluntaria pero que no son cumplidas a cabalidad “por falta de incentivos (certificaciones o facilidades para acceder a cargos públicos)”.
“En la administración de justicia es importante lo jurisdiccional, referido a la dotación de jueces y juzgados, pero la defensa también juega un rol importantísimo y cuando hay deficiencias es afectado el sistema de justicia, por lo que el Estado está obligado a garantizar el acceso a este derecho”, sostuvo.
NUEVO CÓDIGO PROCESAL PENAL
El también expresidente del Tribunal Constitucional refirió que la relevancia del derecho de defensa es más notoria en la actualidad con la vigencia del Nuevo Código Procesal Penal que permite ejercer la contradicción, actuar pruebas y contradecir el acusatorio, a diferencia del antiguo sistema inquisitorio.
Subrayó que las últimas cartas magnas del país (1979 y 1993) “constitucionalizaron” los derechos fundamentales del ciudadano, al incorporar tratados y convenios internacionales, a diferencia de las anteriores, como la de 1933, que acentuaba la composición del Estado y sus competencias.
“Un Estado constitucional, democrático y social de derecho es en el que el ciudadano siente que sus derechos están garantizados en la Constitución”, señaló el catedrático de la Universidad Católica de Santa María de Arequipa.
En ese sentido, resaltó que el propio Tribunal Constitucional, en diversas ejecutorias, establece el deber del Estado de proveer defensa legal al imputado para garantizar su acceso a ese derecho, incluso lo rechace, para no alterar el equilibrio de un proceso adversarial y no generar posterior nulidad del proceso.
Lima, 04 de diciembre de 2019