- Disposición tiene como finalidad preservar salud de jueces, personal y público en general.
El Consejo Ejecutivo del Poder Judicial (CEPJ), que preside José Luis Lecaros, dispuso prorrogar las labores de manera interdiaria por parte de los jueces, servidores jurisdiccionales y administrativos, hasta el 30 de noviembre del presente año.
La medida del órgano de gobierno judicial, que tiene la finalidad de preservar la salud de jueces, personal y público en general, está contenida en la Resolución Administrativa N° 000312-2020-CE-PJ.
De ese modo, según la norma aprobada, el trabajo presencial interdiario continuará de 09:00 a 14:00 horas; en tanto que, el trabajo remoto será efectivo en el horario de ocho horas diarias.
Lo acordado está enmarcado en el Protocolo denominado “Medidas de reactivación de los órganos jurisdiccionales y administrativos del Poder Judicial, posterior al levantamiento del aislamiento social obligatorio establecido por el Decreto Supremo N° 044- 2020-PCM y prorrogado por los Decretos Supremos Nros. 051 y 064-2020- PCM”.
El órgano de gestión del Poder Judicial resolvió, asimismo, que los juzgados de paz de las cortes del país brinden el servicio de justicia en las competencias y/o funciones señaladas en el artículo segundo de la R. A. N° 000181-2020-CE-PJ, y artículo segundo de la R. A. N° 000215-2020-CE-PJ, hasta el 30 de noviembre de 2020.
Estas establecen ampliar en los Juzgados de Paz la oferta del servicio de justicia en las siguientes materias: a) Demandas o denuncias nuevas en conflictos patrimoniales y faltas, respectivamente; b) Otorgamiento de constancias; y c) Escritos que contengan medidas para futura ejecución forzada.
La mencionada resolución fue notificada a la Presidencia del Poder Judicial, Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, presidentes de las Salas de la Corte Suprema, Oficina Nacional de Justicia de Paz y Justicia Indígena.
También ha sido notificada a los presidentes de las cortes superiores del país, Oficina de Administración de la Corte Suprema de Justicia de la República y a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fines pertinentes.
Debe señalarse que es atribución del CEPJ, emitir acuerdos y demás medidas necesarias para que las dependencias del Poder Judicial funcionen con celeridad y eficiencia.
Lima, 31 de octubre de 2020.