- Tras aprobarse Plan de Descarga Procesal en módulos de Nuevo Código Procesal Penal
El Consejo Ejecutivo del Poder Judicial (CEPJ) aprobó el “Plan de Descarga Procesal en Órganos Jurisdiccionales Penales del Código Procesal Penal- Primer Tramo 2019” que dispone la ejecución de jornadas maratónicas de audiencias en 28 cortes del país a fin de aliviar la carga procesal judicial.
La medida administrativa publicada en el diario El Peruano busca fortalecer los módulos penales del país luego que la Unidad de Equipo Técnico Institucional del Código Procesal Penal (UETI-CPP), en sus visitas de trabajo y monitoreo, advirtiera problemas como el incremento de la carga procesal, la carencia de personal jurisdiccional y el crecimiento demográfico poblacional.
El plan detalla la contratación de personal jurisdiccional y administrativo de manera temporal durante dos meses, comprendido entre el 1 de abril y el 31 de mayo de 2019.
Este personal contratado trabajará bajo la dirección del administrador del Módulo Penal, debiendo cumplir con las actividades específicas que permitan lograr los objetivos y metas trazadas.
La ejecución del primer tramo del plan será llevado a cabo en 28 cortes de justicia: Cusco, Piura, La Libertad, Arequipa, Ica, Lambayeque, Loreto, San Martín, Huánuco. Cajamarca, Junín y Huaura.
También en Amazonas, Tumbes, Áncash, Ayacucho, Tacna, Santa, Selva Central, Puno, Madre de Dios, Apurímac, Ucayali, Cañete, Huancavelica, Pasco, Sullana y Moquegua.
Cabe mencionar que también está contemplada una segunda etapa del plan para un periodo adicional de dos meses que comprende del 1 de octubre al 30 de noviembre de 2019 y solo para aquellas cortes que hayan superado los objetivos y metas propuestos en la primera etapa.
JORNADAS DE DESCARGA
Entre las actividades específicas que deberá cumplir el personal destacado cuenta la ejecución de las referidas jornadas maratónicas de audiencias, previamente coordinadas y consensuadas en las comisiones distritales del Código Procesal Penal de cada corte.
También, la transcripción de actas de audiencia pendientes de elaborar con su asociación al Sistema Integrado Judicial (SIJ), la actualización de este sobre el real estado procesal de los requerimientos y solicitudes así como la depuración y remisión de cuadernos, según corresponda al archivo modular de la Administración o al Ministerio Público.
La formación y generación del cuaderno de ejecución de sentencias en el SIJ y la inscripción de la ejecución de sentencia ante las entidades que se disponga, así como la elaboración de boletines de condenas, son otras de las medidas a tomarse.
CÓDIGO DE 1940
Con respecto a los procesos penales tramitados bajo los lineamientos del Código de Procedimientos Penales de 1940 deberá remitirse y depurarse expedientes al Archivo Central de las cortes superiores.
De igual manera, verificar los expedientes con posibles proyecciones de resoluciones de sobreseimientos, absoluciones, prescripciones y otras figuras procesales que determinen la extinción de la acción penal.
Asimismo las rehabilitaciones con apoyo del personal de descarga ante el magistrado y el administrador del módulo.
Por último, la revisión de procesos e impulso bajo lineamientos del Decreto Legislativo 1206, con seguimiento conforme a lo establecido sobre el plazo de instrucción, complejidad y control de plazo, aplicación anticipada, contumacia y ausencia, lectura de sentencia, entre otros para dar un trámite rápido a dichos procesos.
Debe señalarse que la UETI-CPP es la encargada de realizar el seguimiento y monitoreo de cada una de las metas trazadas en cada distrito judicial.
Lima, 29 de marzo de 2019