PRECISIÓN DE CRITERIOS SOBRE ESTÁNDAR DE PRUEBA ASEGURA GARANTIAS PROCESALES

PRECISIÓN DE CRITERIOS SOBRE ESTÁNDAR DE PRUEBA ASEGURA GARANTIAS PROCESALES

  • En entrevista brindada a “Lo que usted debe saber sobre el Nuevo Proceso Penal en el Perú” que conduce juez Jorge Salas Arenas

La presunción de inocencia del acusado y los derechos de la sociedad en su conjunto en lo que respecta a la vida, propiedad y libertad, entre otros, son garantizados en un proceso penal a medida que sean desarrollados de forma adecuada criterios referidos al estándar de prueba sobre tipos delictivos.

Así lo sostuvo el connotado jurista Jordi Ferrer Beltrán, catedrático de la Universidad de Girona, España, al ser entrevistado en el programa “Lo que usted debe saber sobre el Nuevo Proceso Penal en el Perú” que conduce el magistrado Jorge Luis Salas Arenas.

El tema abordado fue “El estándar de prueba en el proceso penal”, que el especialista lo definió como una regla referida al nivel de exigencia probatoria, siendo así, por tanto, uno de los aspectos más importantes en el desarrollo de los procesos penales.

Ferrer Beltrán sostuvo que el problema surge, explicó, cuando los criterios para tomar una decisión sobre la prueba presentada en un proceso penal quedan en manos o interpretación, íntima convicción o discreción de cada juez, o caso extremo, sin intervención de este por el modelo de prueba plena.

Incluso resaltó la vaga fórmula legal norteamericana del “más allá de toda duda razonable”, enarbolado en los mercados de las legislaciones internacionales, que permite decidir e incluso condenar.

Ante ello, el especialista remarcó la importancia de establecer o definir criterios de razonabilidad de la duda públicos, conocidos y compartidos que sirvan de garantía a cualquier ciudadano involucrado en un caso judicial.

“Tenemos la obligación como cultura jurídica de desarrollar de manera adecuada criterios para dotar de contenido la motivación del juez, quienes deben fundamentar sus sentencias y demostrar que fueron cumplidas esas exigencias probatorias al momento de resolver litigios procesales”, refirió.

LARGO CAMINO

Sin embargo, lamentó que al respecto “no existen avances legislativos decisivos sobre cambios en los códigos procesales y nuestra jurisprudencia debe mejorar, por lo que hay un camino largo por recorrer”.

En tanto, el especialista propuso aprender de otras disciplinas científicas y técnicas en sus niveles de exigencias acordados para su aplicación en el Derecho.

Asimismo establecer estándares de prueba más exigentes en los procesos judiciales que otorguen niveles de seguridad más alto, lo que significará menos errores en cuanto a inocentes condenados.

Además, una mejor medición de la fiabilidad de la información presentada en el proceso, especialmente de las pruebas testificales, sobre las que existen, aseguró, tasas de error muy altas para garantizar derechos del acusado y de los demás.

“En el Derecho y en ninguna disciplina del conocimiento podemos tener certezas absolutas, pero puede tenerse niveles de seguridad más alto y decisiones que no sean consecuencia de presión popular, de las partes procesales, mediatización, sino con garantías procesales”, puntualizó.

 

Lima, 11 setiembre de 2019

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