- En el marco del Decreto Legislativo N° 1323 que establece modificaciones al Código Penal que considera como delito al daño psicológico
A fin de optimizar el servicio de justicia con respecto a la violencia hacia la mujer e integrantes del grupo familiar, el Poder Judicial realizó el teletaller “Valoración del daño psíquico y la afectación psicológica, cognitiva y conductual según el Decreto Legislativo 1323”, dirigido a jueces y profesionales de los programas PpR Familia y de “Implementación de la Ley 30364”.
La actividad, inaugurada por la jueza suprema Columba del Carpio, presidenta de los Programas Nacionales PpR Familia y de Implementación de la Ley N° 30364, puso énfasis en la determinación del daño psicológico y el establecimiento de circunstancias agravantes, sancionando con penas mayores móviles de intolerancia o discriminación, o que involucren a niños y adolescentes.
Conectados a través de videoconferencia, luego del trabajo en talleres, representantes de los 33 distritos judiciales leyeron sus conclusiones y alcanzaron sus aportes para optimizar la aplicación de la Ley N° 30364 y el Decreto Legislativo 1323.
La referida norma legislativa, de reciente vigencia, tipifica como delito a la violencia psicológica a fin de reforzar la lucha contra la impunidad en éstos casos; para ello establece el quantum del daño psicológico que será determinado a través de un examen pericial u otro medio idóneo.
Este decreto establece, además, la equivalencia para el daño psíquico, por lo que en aquellos casos donde la afectación es leve la configuración de la falta es por lesiones leves.
En los casos donde hay un nivel moderado de daño psíquico, la configuración del delito es también por lesiones leves, en tanto en los que está considerado un nivel grave o muy grave la configuración es por delito de lesiones graves.
Lima, 2 de marzo de 2017