- Medida tiene alcance de los órganos de línea de la Gerencia General de esta institución.
Como parte de la lucha contra la corrupción, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial (CEPJ), presidido por el Juez Supremo José Luis Lecaros, aprobó la Organización del Sistema de Gestión Antisoborno de la Gerencia General de la institución.
El documento, aprobado mediante Resolución Administrativa N° 383-2019-CE-PJ, señala que esta organización tiene como alcance los órganos de línea de la Gerencia General.
Es decir, comprende la alta dirección, encabezada por el gerente general del Poder Judicial, y los titulares de las distintas gerencias: Recursos Humanos y Bienestar, Desarrollo Corporativo, Planificación, Informática, Infraestructura Inmobiliaria, Servicios Judiciales y Recaudación, y Administración y Finanzas.
Cabe anotar que corresponde a esta instancia el liderazgo y compromiso con el Sistema de Gestión Antisoborno de los Sistemas Administrativos del Poder Judicial, a través de una serie de actividades.
La alta dirección asegura, también, que el sistema, su política y objetivos sean establecidos, implementados, sostenidos y revisados para luego puedan abordar los riesgos de soborno de la organización.
Esta instancia garantiza, asimismo, que los requisitos del sistema puedan integrarse en todos los procesos de la organización y que sus lineamientos estén diseñados de forma adecuada.
También despliega los recursos suficientes y adecuados para el funcionamiento eficaz del sistema de gestión antisoborno.
Por otro lado, la alta dirección dirige y apoya al personal para contribuir con la eficacia de la ejecución del mencionado sistema; así como apoya los roles de la dirección para demostrar liderazgo en la prevención y detección del soborno en la medida que se aplique a las áreas de su responsabilidad.
Otras acciones importantes son las de comunicar interna y externamente sobre los alcances del sistema, la importancia de la gestión eficaz antisoborno, promover una cultura antisoborno apropiada y una mejora continua.
Igualmente, fomenta el uso de procedimientos para reportar inquietudes acerca de sospechas de soborno y de soborno real.
Asegura, del mismo modo, que ningún miembro del personal sufra represalias, discriminación o medidas disciplinarias por reportes hechos de buena fe o sobre la base de creencia razonable de violación o sospecha, o por negarse a participar en el soborno, incluso si esta negativa pueda ocasionar algún tipo de pérdida para la organización.
Por último, la Dirección reporta a intervalo planificado, al órgano de Gobierno sobre el contenido y el funcionamiento del sistema de gestión antisoborno y de las denuncias de sobornos graves y sistemáticos.
Cabe mencionar que, esta política ejecutada de organización de este sistema opera en el marco de la Norma Técnica Peruana NTP-ISO 37001:2017 “Sistema de Gestión Antisoborno-Requisitos con Orientación para su Uso”.
Esta fue aprobada por Resolución Administrativa Directoral y en virtud de la Política Nacional de Integridad y Lucha Contra la Corrupción aprobada por Decreto Supremo de la Presidencia del Consejo de Ministros.
Lima, 21 de octubre del 2019