PODER JUDICIAL HABILITA CORREOS INSTITUCIONALES PARA RECEPCIÓN DE DENUNCIAS SOBRE VIOLENCIA CONTRA LA MUJER

PODER JUDICIAL HABILITA CORREOS INSTITUCIONALES PARA RECEPCIÓN DE DENUNCIAS SOBRE VIOLENCIA CONTRA LA MUJER

  • El CEPJ también ordena  uso del WhatsApp y otras herramientas tecnológicas con el mismo fin durante

El Consejo Ejecutivo del Poder Judicial (CEPJ) dispuso que las denuncias por violencia contra la mujer y los integrantes del grupo familiar sean recepcionadas a través de las cuentas de correo institucionales.

Para ello, ordenó que la Gerencia de Informática de la Gerencia General del Poder Judicial efectúe la habilitación de cuentas de correo institucional para cada una de las cortes superiores de justicia del país.

En esta cuenta podrá adjuntarse documentos, así como audios e imágenes, la misma que será administrada por el coordinador o administrador del módulo de violencia contra la mujer y los integrantes del grupo familiar; o en su defecto por el administrador del módulo de familia de cada distrito judicial.

Estas disposiciones están contenidas en la Resolución Administrativa N°140-2020-CE-PJ, que atiende el oficio presentado por la consejera Mercedes Pareja Centeno, a fin de que se permita a los operadores de justicia atender y resolver dichas denuncias en el más breve plazo.

DENUNCIAS POR WHATSAPP

La norma también dispone la implementación de líneas telefónicas móviles para usar el aplicativo WhatsApp, a fin de recepcionar las referidas denuncias por violencia contra la mujer y los integrantes del grupo familiar.

En estas líneas también podrán adjuntarse documentos, audios e imágenes y la remisión de las medidas de protección y medidas cautelares, así como utilizarse las herramientas tecnológicas Camscanner o similar, y videoconferencia mediante Google Hanggouts Meet.

En ese sentido, las cortes superiores de justicia del país dispondrán la habilitación de líneas telefónicas móviles para la creación de una cuenta en el aplicativo WhatsApp.

Indicando que la misma, será administrada por el coordinador o administrador del módulo de violencia contra la mujer y los integrantes del grupo familiar; o en su defecto por el administrador del módulo de familia de distrito judicial.

El CEPJ autorizó también que los presidentes de las cortes superiores del país realicen las gestiones necesarias con los jefes de las Regiones Policiales correspondientes y las Comisarías, para garantizar el cumplimiento de las disposiciones establecidas en el Decreto Legislativo N° 1470.

Ese decreto legislativo establece medidas para garantizar la atención y protección de las víctimas de violencia contra las mujeres y los integrantes del grupo familiar durante la emergencia sanitaria declarada por el COVID-19.

TRABAJO OPORTUNO

Asimismo, cabe recordar que el Poder Judicial también ha emitido diversas normas para salvaguardar la atención oportuna a estos casos, como la R.A 131-2020-CEP-PJ que habilita a los jueces especializados de Familia y/o Mixtos a dictar medidas de protección y/o cautelares en favor de las mujeres y los integrantes del grupo familiar víctimas de violencia familiar.

Puesto que según lo informó la Comisión de Justicia de Género del Poder Judicial, solo en el mes de marzo, las cortes de la capital registran 2 mil 970 denuncias ingresadas, muy por detrás está Arequipa y Piura con 1 mil 146 y 1 mil 074, respectivamente.

Lima, 13 de mayo de 2020

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