- Ministerio Público estuvo de acuerdo con lo resuelto por magistrado
El Tercer Juzgado Nacional de Investigación Preparatoria Especializada en Delitos de Corrupción de Funcionarios, a cargo del juez Manuel Antonio Chuyo Zavaleta, aceptó esta mañana la intervención de la Procuraduría Ad Hoc como actor civil en el caso Odebrecht.
Esto es, en el proceso vinculado a las investigaciones de delitos de corrupción de funcionarios y lavado de activos y otros, seguido contra Jorge Acurio Tito, José Francisco Zaragozá Amiel y Gustavo Salazar Delgado.
Cabe señalar que al primero de los nombrados es investigado por el delito de tráfico de influencias y lavado de activos, en tanto que los otros dos, están por lavado de activos.
La defensa técnica de los investigados Zaragozá Amiel y Salazar Delgado, aducen que la Procuraduría no cumplió con los requisitos solicitados, debido a que no fundamentaron su pedido respecto del tipo de daño causado y el quantum (monto) en que habría incurrido cada uno de los imputados.
El magistrado refiere que, de acuerdo a lo dispuesto por el artículo 100, numeral 2°, literal c, del Nuevo Código Procesal Penal, la Procuraduría Pública Ad hoc no tendría que hacerlo, puesto que la investigación está en una etapa preliminar, no teniendo que acreditar medios de prueba sobre su legitimidad para participar en el proceso.
También señaló que la investigación le corresponde al Ministerio Público, quien estuvo de acuerdo con la constitución de la Procuraduría Pública como actor civil.
En cuanto a la determinación del monto, Chuyo Zavaleta dijo que la pretensión debe deducirse y ejercitarse en la etapa intermedia.
Lima, 28 de junio de 2017 NP: 013/SNEDCF/PJ.