DISPONEN QUE SALA PENAL NACIONAL REMITA EN FORMA INMEDIATA EXPEDIENTES AL SISTEMA CONTRA LA CORRUPCIÓN

DISPONEN QUE SALA PENAL NACIONAL REMITA EN FORMA INMEDIATA EXPEDIENTES AL SISTEMA CONTRA LA CORRUPCIÓN

  • Medida fue dispuesta por el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial

El Consejo Ejecutivo del Poder Judicial (CEPJ) dispuso que la Sala Penal Nacional remita en forma inmediata al Sistema Especializado en Delitos de Corrupción de Funcionaros los expedientes de los procesos por delitos contra la administración pública que conocía hasta el 30 de marzo del 2017. 


Los procesos son por los delitos de corrupción previstos en el numeral 18 del artículo 3 de la Ley N° 30077 [modificado por el Decreto Legislativo N° 1244], y que están tipificados en los artículos del 382 al 401 del Código Penal. Estos son peculado, concusión, colusión, negociación incompatible, enriquecimiento ilícito, tráfico de influencias y otros.

La coordinadora nacional del Sistema Especializado en Delitos de Corrupción de Funcionaros, Susana Castañea Otsu, señaló que también deberán remitirse los procesos por delitos conexos a los antes citados, como el de falsificación de documentos, lavado de activos (siempre y cuando el delito precedente sea el de corrupción de funcionarios), entre otros.

Según la Resolución Administrativa N° 131-2017-CE-PJ, deben transferirse los cuadernos que contengan los pedidos formulados en investigación preliminar y los expedientes que estén en investigación preparatoria hasta el 30 de marzo de este año.

Estos serán distribuidos en los Juzgados Nacionales de Investigación Preparatoria Especializados en Delitos de Corrupción de Funcionarios.

También los casos que están en la etapa intermedia con la emisión de auto de enjuiciamiento [antes de juicio oral] para su distribución aleatoria entre los Juzgados Penales Nacionales Unipersonales o Colegiados Especializados en Delitos de Corrupción de Funcionarios.

De igual forma, el CEPJ resolvió que los expedientes y cuadernos remitidos a los órganos jurisdiccionales del Sistema Especializado en Delitos de Corrupción de Funcionarios incluyan sus anexos y cargos de notificación.

Igualmente decidió que los procesos que estén en etapa de juicio oral en la Sala Penal Nacional sean concluidos por sus órganos jurisdiccionales competentes.

Los recursos de apelación contra las sentencias expedidas por los antes citados, interpuestos al 30 de marzo de 2017, los resolverán las Salas Penales de Apelaciones Nacionales.

De lo contrario –estipula la norma–, deberán remitirse a la Sala Penal Nacional de Apelaciones Especializada en Delitos de Corrupción de Funcionarios para su conocimiento.

Como se recuerda, el Sistema Especializado en Delitos de Corrupción de Funcionarios de competencia nacional fue creado por el Ejecutivo mediante el Decreto Legislativo 1307, publicado el 30 de diciembre del 2016.

Lima, 12 de abril de 2017

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