- En audiencia, en la que no participó la Fiscalía, abogado de la defensa presentó informe oral
La Segunda Sala Penal Transitoria de la Corte Suprema de Justicia dejó al voto el recurso de nulidad interpuesto por el Ministerio Público contra la sentencia que absolvió a Eva Bracamonte Fefer del delito de parricidio en agravio de Myriam Fefer Salleres.
De esta forma, el Tribunal resolverá si confirma la sentencia absolutoria o, de lo contrario, anula dicha resolución y ordena el inicio de un nuevo juicio contra Bracamonte Fefer.
En la audiencia de hoy participó Pavel Alvarado Peñaloza, abogado de Eva Bracamonte, quien solicitó a la Sala declarar improcedente el recurso de nulidad y confirmar la absolución de Eva Bracamonte, al no existir móvil ni pruebas que vinculen a su defendida en el crimen, ocurrido el 15 de agosto de 2006.
“Recuerdo la persecución a Rosario Ponce por la muerte del joven Ciro Castillo, pues lo mismo ocurre con Eva, a quien persiguen desde hace once años porque no saben quién contrató al sicario, aunque esto es responsabilidad de la Policía y Fiscalía por no investigar a otra persona –no voy a decir su nombre– que tenía sangre en su dormitorio”, señaló.
El letrado también solicitó al Tribunal que remita los actuados al Ministerio Público a fin de que el caso nuevamente sea investigado y encontrar –según dijo–, “a los verdaderos culpables del asesinato de Myriam Fefer”.
Ante esto, el juez supremo César Hinostroza Pariachi, presidente del Tribunal, preguntó al abogado aclarar la recepción de una llamada telefónica a su defendida, supuestamente del sicario, así como el viaje de Eva Bracamonte a Argentina luego de la muerte de Myriam Fefer.
También por qué en el domicilio de esta nadie advirtió la ocurrencia del asesinato, ya que la víctima, según obra en autos, opuso resistencia, lo cual fue contestado por la defensa.
Entre el público presente en la sala estuvo Eva Bracamonte.
Cabe indicar que el Ministerio Público no participó en la audiencia debido a que no solicitó la exposición de su informe oral. La Sala resolverá la causa en el plazo de ley.
Lima, 18 de marzo de 2017