COMUNICADO DEL ACUERDO DE SALA PLENA

COMUNICADO DEL ACUERDO DE SALA PLENA

La Sala Plena de la Corte Suprema de Justicia de la República, reunida en sesión ordinaria, el día de hoy, respecto a la homologación de los haberes de los señores jueces superiores, especializados y de paz letrado, en virtud de lo estipulado por la Ley Orgánica de este poder público, se dirige al Poder Ejecutivo, así como a la opinión pública en general, con el objetivo de:

  • SOLIDARIZARSE con los justos reclamos de los señores Jueces, ya mencionados, que tienen como finalidad que el Poder Ejecutivo cumpla con nivelar sus haberes de acuerdo a la Ley 30125 que establece, en términos proporcionales, la relación entre los haberes de un juez supremo titular y lo que deben percibir los jueces citados. En ese sentido, la norma en cuestión, dicta que los señores jueces superiores deben percibir una remuneración equivalente al 80 % de la recibida por un juez supremo titular. Asimismo, los señores jueces especializados y de paz letrado deben, bajo la misma lógica y de manera respectiva, percibir un haber equivalente al 62 y 40 % de la remuneración de un juez supremo titular. 

El incumplimiento de lo estipulado implicaría una evidente violación, del inciso 4 del artículo 146 de nuestra Constitución que garantiza a los jueces una remuneración que les asegure un nivel de vida digno en concordancia con su misión y jerarquía. 

  • RESPALDAR las gestiones que para tal efecto viene realizando el señor Presidente del Poder Judicial, José Luis Lecaros Cornejo, conjuntamente con los jueces de las diferentes cortes del país, las mismas que estamos seguros, tendrán acogida al interior del Poder Ejecutivo y así evitar que la buena marcha de la administración de justicia se distraiga con reclamos de esta naturaleza.
  • REAFIRMAR el compromiso con la ciudadanía en que nuestro quehacer jurisdiccional se realiza de manera imparcial e independiente, rechazando cualquier acto que distorsione nuestra labor constitucional de impartir justicia.
  • EXHORTAR a los Jueces y Juezas de nuestro país al fiel cumplimiento de su labor jurisdiccional, evitando que los justiciables se vean perjudicados en obtener tutela jurisdiccional efectiva dentro de un plazo razonable.

 

Lima, 12 de diciembre de 2019

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