RESALTAN EFICACIA DE ENFOQUE SOBRE JUSTICIA RESTAURATIVA PARA MENORES EN CONFLICTO CON LA LEY PENAL

RESALTAN EFICACIA DE ENFOQUE SOBRE JUSTICIA RESTAURATIVA PARA MENORES EN CONFLICTO CON LA LEY PENAL

  • Fiscal superior de Familia, Rita Figueroa, revela que menos del 4% de adolescentes atendidos vuelve a cometer delitos

La aplicación del enfoque de la justicia restaurativa para adolescentes en conflicto con la ley penal en el país está dando resultados satisfactorios, según la fiscal superior de Familia, Rita Figueroa Vásquez, quien fue entrevistada en el programa “Conociendo el Derecho Penal” que conduce el juez Víctor Prado Saldarriaga.

“Menos del 4% de los adolescentes atendidos a nivel pre judicial, bajo las  líneas de responsabilidad, reparación y reinserción, ejes en los que están basados la filosofía de la justicia restaurativa, han vuelto a cometer ilícitos penales”, aseguró.

La fiscal resaltó su implementación al referir que la incidencia delictiva por año en el Perú es de 445 mil adultos que han transgredido normas penales a comparación de los 18 mil 500 adolescentes, cifras alejadas a lo que padecen países de Centroamérica, Colombia o Brasil, no obstante.

Figueroa Vásquez es especialista de larga trayectoria en este ámbito de menores infractores y ha representado, asimismo, a nuestro país en eventos internacionales sobre esta materia.

La justicia restaurativa procede, señaló, tras una evaluación de un equipo interdisciplinario (psicólogos y trabajadores sociales) que determina incorporar al menor que haya cometido un ilícito no grave bajo esta línea procedimental al cumplirse el reconocimiento de responsabilidad por parte del infractor, su posibilidad de reparación y la reinserción en un programa de orientación.

Esto  conlleva, explica Figueroa Vásquez, a la posibilidad que el fiscal dé por concluido el conflicto jurídico cuando el ilícito no sea considerado grave, es decir que sea contra el patrimonio, integridad física o propiedad privada, aunado a los requisitos mencionados.

No obstante, aclaro que para hechos graves como sicariato o violación, la respuesta del Estado por intermedio de la Fiscalía es continuar la fórmula procesal rutinaria a fin de buscar una condena con privación de libertad o medida alternativa dependiendo también la edad del infractor.

“Esto no es impunidad sino la aplicación de una justicia más humanizada, no orientada a la sanción, resolviéndose el conflicto penal a nivel fiscal”, expresó.

La justicia restaurativa es necesaria, sostuvo la especialista, toda vez que los adolescentes son personas en proceso de desarrollo físico que terminan su proceso maduracional a los 25 años, aproximadamente, lo que influye en ellos al momento de tomar decisiones en la comisión de un ilícito, realidad que colisiona con las disposiciones legales sobre su conducta.

Por ello, destacó que, de manera asertiva, el Poder Judicial dispusiera que la Corte de Ventanilla aplique como piloto la justicia terapéutica (tratamiento para personas consumidoras de sustancias tóxicas), una variante de este modelo humanista que va a revolucionar las formas de hacer justicia en nuestro país.

IMPLEMENTACIÓN

En la actualidad, Figueroa Vásquez precisó que el enfoque de justicia restaurativa viene siendo implementado en doce distritos fiscales del país en casos de adolescentes que infringen normas penales por hechos no graves.

“En materia de justicia todo ha evolucionado, lo punitivo no es eficaz, así debe mirarse a una justicia restaurativa promovida por organismos supranacionales y que es aplicada con éxito en países como Costa Rica, México y Chile”, recalcó.

Este cambio de enfoque tiene, señala la letrada, su punto de partida para un cambio normativo en el tratamiento de los adolescentes en conflicto con la ley penal, en 1989, con la Convención de los Derechos del Niño que la Organización de Naciones Unidas promueve a fin que los países realicen cambios en su regulación en relación a una justicia diferenciada para menores.

Ello originó que, en 1993, el Perú redactara el Código de los Niños y Adolescentes que regula el tratamiento de los menores en conflicto con la ley penal, el cual tomó como base el Código de Procedimientos Penales referido al modelo inquisitivo para adaptarse finalmente al modelo acusatorio-garantista.

“Si el sistema no acoge nuevo enfoque habrá tras determinado proceso un resultado formal de condena, pero no habrá reinserción de manera asertiva”, señaló la magistrada.

“Conociendo el derecho penal” es difundido a través del canal institucional Justicia TV, los días miércoles a las nueve de la noche y retransmitido los días domingo a las nueve de la mañana.

Lima, 10 de setiembre de 2019

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