- Destacó además utilidad de mecanismo al permitir acceder a pruebas de difícil consecución en procesos complejos
En el programa “Lo que usted debe saber sobre el Nuevo Proceso Penal en el Perú”, el coordinador del Equipo Especial para el caso Lava Jato del Ministerio Público, Rafael Vela Barba, indicó que son cinco las solicitudes de colaboración eficaz presentadas por parte de empresas relacionadas a este megaproceso, entre ellas de la constructora brasileña OAS.
Así lo señaló el fiscal superior al ser entrevistado por el magistrado Jorge Luis Salas Arenas que conduce el referido programa al abordar el tema “La colaboración eficaz”.
Este mecanismo de legalidad procesal penal es, sostuvo, “sumamente útil y vital” en las investigaciones de la Fiscalía basada en la asunción de culpabilidad asociada a una negociación a partir de la transmisión de información relevante que permite beneficios premiales a quien colabora para el esclarecimiento de la verdad de un proceso.
“Su negociación permite que prueba de muy difícil consecución pueda ser accesible en procesos de casos complejos de corrupción como lavado de activos y de gran criminalidad organizada que tiene trascendencia incluso fuera de nuestro país”, refirió.
Debe existir para su éxito, recalcó Vela Barba, voluntad de quien delinquió de someterse a la acción de la justicia sin ninguna restricción, entregar información que debe ser procesada, para desmantelar o justiciar penalmente a otros investigados, en un marco de control de legalidad cuya sentencia definitiva determina el comportamiento premial postulado por la Fiscalía.
Todo tipo de procesados, incluso cabecillas de organizaciones criminales, pueden acogerse de acuerdo a ley este tipo de beneficios así como personas jurídicas, precisó.
EVOLUCIÓN JURÍDICA UTILITARIA
La evolución jurídica y utilitaria de este mecanismo fue destacada por el también catedrático universitario al precisar que en un principio no existía un marco de legalidad claro sobre el mismo, lo que generaba incertidumbre a las propias empresas que querían acogerse a la delación premiada, o vicios de inconstitucionalidad como ocurrió con la Ley de Arrepentimiento.
“Ahora la Fiscalía tiene responsabilidad y poder jurídico inicial sobre la razonabilidad, proporcionalidad y posibilidad de entregar un premio, asimismo la posibilidad de subrogar a la procuraduría en el acuerdo de pago de reparación civil”, acotó.
Todo ello, sostuvo Vela Barba, generó de igual modo el fortalecimiento de la cooperación internacional con países como Estados Unidos, Costa Rica, España, Andorra, Colombia, Suiza, entre otros, en la lucha contra la criminalidad organizada transnacional tras procesos de corroboración de la aseveraciones de los culpables.
“El esfuerzo colectivo de solidaridad y espontáneo de otros países ha sido vital para que procesos de colaboración se consoliden en la lucha contra el crimen transnacional”, puntualizó.
“Lo que usted debe saber sobre el Nuevo Proceso Penal en el Perú” es difundido desde la Sala Penal Especial de la Corte Suprema a través del canal Justicia TV del Poder Judicial los días lunes a las 20:30 y retransmitido los días sábado a las 09:30.
Lima, 31 de julio de 2019