ESPECIALISTA SEÑALA QUE IMPONER PENAS SEVERAS NO REDUCE CRIMINALIDAD O CORRUPCIÓN

ESPECIALISTA SEÑALA QUE IMPONER PENAS SEVERAS NO REDUCE CRIMINALIDAD O CORRUPCIÓN

  • Propugna enfoque integral para combatir dichos flagelos a través de educación en valores y cultura de prevención.

El jurista Luis Yshii Meza sostuvo que las penas severas que impone el Poder Judicial por delitos referidos a la inseguridad ciudadana y contra la administración pública no reduce alta incidencia de estos flagelos que afectan a la sociedad.

Así lo expresó el catedrático en Derecho Penal de la Universidad San Martín de Porres, entrevistado en el programa “Conociendo el Derecho” que conduce el juez Víctor Prado Saldarriaga, quien abordó el tema: ¿Qué son las penas y medidas de seguridad?

Yshii Meza sostuvo que, ante un problema que tiene una connotación sistémica, la solución debe abordarse de manera integral por los otros poderes del Estado, fortaleciendo las bases de la sociedad con una educación en valores y una cultura de prevención.

“La mejor solución de un problema criminal no es recurriendo solo al Derecho Penal, porque para ponerle un coto a la violencia y otros delitos, la clave está en la educación en valores”, expresó.

El jurista advirtió, incluso, que ocurre a veces un “efecto búmerang” al aplicarse penas severas e indeterminadas que hacen que la delincuencia recrudezca.

Por ello, consideró importante, también, la participación de la sociedad en su conjunto en la lucha contra esta problemática, posición que fue compartida por el propio Prado Saldarriaga.

DELITO Y CASTIGO

Sobre los delitos o faltas, recordó que estas son conductas tipificadas en el Código Penal que el Estado sanciona con castigos penales como penas carcelarias temporales o indeterminadas (cadena perpetua), limitativas de derecho, multas, vigilancia electrónica personal, inhabilitación temporal o perpetua (muerte civil); o medidas de seguridad como internamientos.

La sanción impuesta dependerá, recalcó, de la imputabilidad (capacidad de culpabilidad por comprensión de los alcances de la ley) o inimputabilidad (incapacidad de comprender por anomalías el carácter antijurídico de la conducta) del procesado.

No obstante, lamentó que en nuestro país, por delitos de poca bagatela no sean aplicadas regularmente medidas alternativas que sustituyan al internamiento en cárceles (las cuales hoy están hacinadas), como sanciones fuera de prisión: prestación de servicios a la comunidad o limitación de días libres.

Esto a razón de los efectos nocivos del internamiento en penales que, según el parecer del especialista, “no rehabilita ni resocializa” al sujeto sentenciado. 

Cabe señalar que el programa Conociendo el Derecho busca educar a la población sobre el Derecho Penal y es transmitido los miércoles a las 21:00 y domingos a las 09:00 a través del canal del Poder Judicial Justicia TV. 

Lima, 17 de mayo 2019

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