PERICIA SOBRE INVESTIGADO ENVUELTO EN INCIDENTE DONDE RESULTÓ HERIDO POLICÍA CONCLUYE QUE NO DISPARÓ ARMA

PERICIA SOBRE INVESTIGADO ENVUELTO EN INCIDENTE DONDE RESULTÓ HERIDO POLICÍA CONCLUYE QUE NO DISPARÓ ARMA

  • Procesado tendrá que cumplir reglas de conducta, caso contrario se revocará medida cautelar

La Sala Penal de Emergencia de la corte de Piura dispuso que el investigado Yerson Domínguez Martínez afronte bajo reglas de conducta el proceso judicial seguido en su contra tras el confuso incidente donde resultó herido el agente policial Anner Luzon Jiménez.

Para dictar mandato de comparecencia con restricciones, el referido tribunal tomó en cuenta la pericia de absorción atómica RD N° 005/19 practicada a Domínguez Martínez, la que fue realizada por personal policial que concluye: negativo para bario y antimonio.

Por lo que de dicha pericia se desprende, según la resolución judicial, que el referido investigado no habría sido quien disparó con arma de fuego.

Asimismo, el colegiado tuvo en consideración el acta de registro policial que indica que en momento de la detención a Domínguez  Martínez a este no se le encontró arma alguna, razón por la cual no estaría vinculado al delito de homicidio calificado en grado de tentativa.

De esa manera, la Sala Penal de Emergencia de la corte de Piura determinó revocar la medida de prisión preventiva que pesaba en contra del investigado al no haberse acreditado en audiencia pública los requisitos establecidos en el artículo N° 268 del Código Procesal Penal.

Sostuvo que no se cumple con el primer requisito que establece el Código Procesal Penal para dictar la referida medida: que existan graves y fundados elementos de convicción que vinculen al investigado con la comisión del delito de tentativa de homicidio calificado.

Además, en cuanto al delito de hurto agravado, el agraviado Luis Alberto Navarro Lazo ha manifestado que el arrebato del celular fue sin utilizar arma de fuego.

En consecuencia se le impuso a Yerson Domínguez una caución de 3 mil soles y deberá concurrir cada 15 días al control biométrico del juzgado correspondiente, no variar de domicilio sin autorización previa del juez, además concurrir a todas las diligencia que sea notificado tanto por las autoridades.

Todas estas normas de conducta deben ser cumplidas y en caso no lo haga, se le revocará la comparecencia restrictiva por prisión preventiva, previo requerimiento  correspondiente.

Lima, 12 de febrero de 2019

 

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