CORTE SUPREMA DE JUSTICIA CONFIRMA ABSOLUCIÓN DE RAFAEL ‘RAFO’ LEÓN

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA CONFIRMA ABSOLUCIÓN DE RAFAEL ‘RAFO’ LEÓN

  • Fallo señala que hombre de prensa ejerció válidamente derecho a la libre expresión

La Sala Penal Permanente de la Corte Suprema de Justicia confirmó en última instancia la absolución del periodista Rafael Enrique León Rodríguez, conocido como Rafo León, en la querella por difamación agravada que le interpuso Martha Elvira Rosa Meier Miró Quesada.

Como se recuerda, la demanda fue originada a raíz de la columna que publicó Rafo León en la revista Caretas el 20 de julio de 2014, bajo el título “¿Qué hacemos con la primita?”.

Meier Miró Quesada denunció que en ese artículo fueron utilizadas palabras y frases insultantes y vejatorias en su contra.

La referida columna, de acuerdo con el fallo, fue escrita en respuesta a un artículo que Meier Miró Quesada publicó en el diario El Comercio el 16 de julio del 2014, bajo el título “El síndrome de Susy”, en el cual aquella hizo una crítica a la gestión de la exalcaldesa de Lima, Susana Villarán.

El tribunal sostiene que la periodista al dar una opinión de relevancia pública con contenido político –sobre la gestión de Susana Villarán– la convierte en personaje público, lo cual significa que “al emitir una crítica de contenido político” también está expuesta “a soportar críticas de esa índole”.

En ese sentido, añade que León Rodríguez, al cuestionar el artículo de Meier Miró Quesada, ejerció válidamente su derecho a la libre expresión, y que su conducta social no configura reproche en el ámbito penal.

Agrega, además, que no ha existido en la opinión de Rafo León, “elementos como la sorna, desdén, insidia, humillación, misoginia y violencia de género” como alegó Miró Quesada.

Hay que precisar que, en primera instancia, a través de la sentencia emitida el 3 de mayo del 2016, el 42 Juzgado Penal de Lima reservó el fallo condenatorio por el plazo de un año contra Rafo León y le impuso el pago de S/ 6 mil de reparación civil.  

Empero, el 29 de agosto del mismo año, la Sexta Sala Penal de Reos Libres de la Corte de Lima revocó esa decisión y lo absolvió de los cargos.

 

Lima, 31 de julio de 2017

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