QUEDA AL VOTO APELACIÓN DE PRISIÓN PREVENTIVA IMPUESTA A EXGOBERNADOR JORGE ACURIO

QUEDA AL VOTO APELACIÓN DE PRISIÓN PREVENTIVA IMPUESTA A EXGOBERNADOR JORGE ACURIO

  • Sala de Apelaciones del Sistema Nacional Especializado en Delitos de Corrupción resolverá también pedido de comparecencia de empresario Gustavo Salazar

El Colegiado “A” de la Sala Penal de Apelaciones del Sistema Nacional Especializado en Delitos de Corrupción de Funcionarios dejó al voto el recurso de apelación del mandato de prisión preventiva impuesto al exgobernador del Cusco Jorge Acurio Tito, por presuntas coimas de la empresa Odebrecht.

De igual forma, el referido tribunal resolverá la apelación de la prisión preventiva –también por 18 meses– dictada contra el empresario Gustavo Salazar Delgado.

Esta resolución será notificada, dentro del plazo de ley, a las casillas electrónicas de las partes procesales, informó el Colegiado al concluir la audiencia de hoy.

Durante la diligencia, la exautoridad cuzqueña, quien está internado en el penal de Ancón I, reiteró su inocencia. “No he recibido jamás dinero de Odebrecht”, expresó.

El representante de la Fiscalía Especializada en Delitos de Corrupción de Funcionarios afirmó que existen suficientes elementos incriminatorios de Acurio con tráfico de influencias y lavado de activos, y, en el caso de Salazar, con el último de estos delitos.

Los abogados de ambos imputados coincidieron en que la acusación de la Fiscalía es “débil” ya que está basada en los dichos de colaboradores eficaces que no han sido corroborados con otros actos de investigación, no obstante, plantearon pretensiones distintas.

El abogado de Acurio solicitó la nulidad de toda la audiencia de primera instancia que dictó la prisión preventiva, o en todo caso revocar esta última.

En tanto, el defensor de Salazar, quien está fuera del país, pidió revocar el mandato de prisión preventiva y dictar comparecencia simple para su patrocinado.

El Colegiado está integrado por los jueces Emérito Salinas Siccha (presidente), Juan Guillermo Piscoya y Óscar Burga Zamora.

Lima, 5 de junio de 2017                                                                                                                                           NP: 009/SNEDCF/PJ

Related posts