RESALTAN QUE SENTENCIAS DE LA SUPREMA CORRIGEN VACÍOS NORMATIVOS Y CONTRARRESTAN SOBRECRIMINALIZACIÓN

RESALTAN QUE SENTENCIAS DE LA SUPREMA CORRIGEN VACÍOS NORMATIVOS Y CONTRARRESTAN SOBRECRIMINALIZACIÓN

  • En programa “Lo que usted debe saber sobre el nuevo proceso penal en El Perú” que conduce juez Jorge Salas Arenas

Las sentencias y acuerdos plenarios emitidos por la Corte Suprema permiten corregir los vacíos en la normatividad penal interna y a contrarrestar las secuelas de la sobrecriminalización generadas en periodos de crisis.

Así lo destacó el jurisconsulto Felipe Andrés Villavicencio Terreros al abordar el tema “La prescripción de la acción penal”, en el programa “Lo que usted debe saber sobre el nuevo proceso penal en El Perú”, que conduce el juez supremo Jorge Salas Arenas.

“Son las sentencias del Poder Judicial las que corrigen vacíos al aplicar de forma directa la normatividad internacional y aclarando definiciones de las normas internas, tal es el caso de la imprescriptibilidad de delitos por desapariciones forzadas”, señaló.

Lo lógico habría sido, explicó el conferencista internacional, que el Perú, una vez que reconoce o ratifica una convención internacional, adecúe su respectiva normatividad interna, pero al no suceder ello, “los jueces han tenido que corregir dicha situación”.

Del mismo modo, resaltó que mediante los acuerdos plenarios dictados por la más alta instancia del Poder Judicial ha sido posible delimitar de manera razonable las secuelas de la sobrecriminilización y los plazos de prescripción extendidos sin rigor.

En ese sentido, destacó la jurisprudencia de la Corte Suprema e duplicar el plazo de prescripción solo para funcionarios públicos implicados en casos de corrupción, pero no en lo referido a los denominados “extraneus” o cómplices del sector privado, si en ellos estarían involucrados.

“Es una solución aceptable y lógica porque los empresarios no estarían infringiendo como tales un deber funcional en actos de corrupción estatal”, consideró.

Subrayó que son estos “vacíos extraños e irracionalidades heredadas que crean tremendos conflictos” en la solución de los conflictos jurídicos, los que felizmente son resueltos por la dogmatica actual.

Empero, el especialista consideró que esos vacíos deberían ser abordados por el legislador de manera correspondiente.

Villavicencio Terreros sostuvo, finalmente, que un tema pendiente es el de la prescripción, que es la limitación temporal al poder punitivo del Estado, sobre el que existe, indicó, por ejemplo, un debate sobre el inicio de su cómputo a razón del tipo de delito, si este es consumado o tentado, así como su eventual interrupción o suspensión.

 

Lima, 29 de enero de 2020

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